Para que un acuerdo de gestación subrogada sea legítimo debe respetar los derechos de todas las partes implicadas: el bebé, la gestante y los futuros padres.
El Código de Familia establece que la gestación subrogada comercial en Ucrania está permitida. Sin embargo, no hace referencia al acuerdo o contrato de gestación subrogada, sus efectos legales y el proceso para su conclusión, modificación y finalización.
A pesar de ello, el acuerdo de gestación subrogada se considera el único documento legal que regula la relación entre la gestante y los futuros padres.
A continuación tienes un índice con todos los puntos que vamos a tratar en este artículo.
Según el Artículo 9 del Código Civil de Ucrania, las cláusulas del Código Civil son aplicables también en el caso de las relaciones de familia, las cuales no se regulan mediante ninguna otra ley vigente.
El Artículo 6 del Código Civil estipula que las partes implicadas tienen derecho a concertar un acuerdo. Dicho acuerdo no se debe a ninguna ley o reglamentación vigente; sin embargo, está en conformidad con el principio general del derecho civil.
Las principales cláusulas que se deben incluir en el acuerdo de gestación subrogada firmado por la gestante y los futuros padres son las siguientes:
El Apartado 2 del Artículo 123 del Código de Familia establece que las partes implicadas en el acuerdo de gestación subrogada son la gestante y los padres de intención.
Conforme a la legislación, nadie tiene derecho a limitar el derecho reproductivo de un ser humano. Por otro lado, el Código de Familia sugiere que el padre del hijo de los padres de intención, debe ser el marido de la mujer que lo trajo al mundo.
Por esta razón, aunque la cláusula no haga especial mención al marido de la gestante, se considera importante tenerlo en cuenta. En este sentido, tanto la gestante como su marido deberían manifestar la renuncia a la custodia del hijo nacido de la gestante para el cuidado y desarrollo por los padres biológicos.
La orden n.º 771 del Ministerio de Sanidad establece:
La fecundación de la gestante tendrá lugar mediante técnicas de reproducción asistida. Su papel es el de llevar el embarazo a término y dar a luz a un niño con el que no posee ninguna relación biológica. Deberá renunciar a la custodia de dicho niño a favor de los padres biológicos, que serán los padres naturales y tutores legales del mismo.
Asimismo, los padres biológicos asumen todos los derechos y responsabilidades de paternidad y se comprometen a hacerse cargo de todos los gastos derivados de la gestante, incluyendo la compensación económica por sus servicios.
El contrato de gestación se redactará a mano y ante notario antes de la transferencia de los embriones para asegurar los derechos y responsabilidades legales de las partes implicadas y el niño.
El notario se encargará de asegurar que todas las partes han llegado a dicho acuerdo de manera libre y voluntaria, con ausencia de cualquier tipo de coacción. En caso de requerir traducción, ésta deberá ser notariada.
Los siguientes documentos deberán formalizarse ante notario y constituirán una parte integral del acuerdo:
El notario deberá mantener los datos del Acuerdo de GS en régimen de estricta confidencialidad.
Tanta la gestante como los futuros padres tienen unas obligaciones en función de lo acordado en el contrato de gestación subrogada:
La gestante se compromete a seguir de la mejor manera posible todas las instrucciones médicas que su obstetra o médico le asigne durante el proceso y a no participar en actividades potencialmente peligrosas o dañinas para el embarazo. Además, acuerda revelar a los futuros padres toda la información relativa a su embarazo.
La gestante firma un consentimiento obligatorio para poder inscribir al niño en la Oficina de Registro Civil. En dicho consentimiento, manifiesta su conformidad para que sean los padres biológicos quienes aparezcan en el certificado de nacimiento del niño que ella va a dar a luz conforme a lo dispuesto en el contrato.
Por último, tanto la gestante como su marido acuerdan que no realizarán ningún intento de contactar o mantener ningún tipo de comunicación con el niño tras el nacimiento del mismo sin el consentimiento previo por escrito de los padres biológicos, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de GS.
Los padres biológicos se harán cargo de los gastos reales derivados del proceso y de la compensación de la gestante de acuerdo con lo establecido en el acuerdo.
Según lo dispuesto en el Artículo 632 del Código Civil de Ucrania, la cuantía que recibirá la gestante será determinada por las partes interesadas. No existe restricción alguna con respecto a la remuneración y los gastos reales a pagar.
Así, los gastos de la gestación subrogada a cargo de los futuros padres pueden desglosarse en dos partes:
Aunque ambas partes implicadas se someten a la gestación subrogada de forma libre y voluntaria, pueden ocurrir ciertos problemas que impidan la culminación del tratamiento:
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