La Audiencia de Barcelona niega la adopción de dos bebés nacidos por gestación subrogada

Por Equipo de Babygest
Actualizado el 10/12/2018
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Recientemente en España, hemos sido testigos de un nuevo caso en el cual se ha echado para atrás la posibilidad de que un hombre se convierta en el padre legal de los hijos de su pareja, este último padre biológico de los niños. Se trata del caso de un hombre que, tras haberle sido concedida la paternidad legal a su pareja (el padre biológico, es decir, el hombre de los dos que aportó el material genético), se disponía a convertirse en el padre legal mediante la adopción de los hijos de su pareja.

El argumento de la Audiencia de Barcelona es que no consta en ningún sitio que la gestante subrogada diera su consentimiento de forma libre a renunciar a la maternidad legal de los niños antes del nacimiento de los pequeños.

Esta noticia nos ha llevado a reabrir el debate y reflexionar en torno a la libertad de las mujeres que deciden ser gestantes en países donde la ley lo permite y así queda demostrado mediante una sentencia judicial. Esta resolución permite que los jueces en España puedan tener la absoluta certeza de que la mujer gestante accedió a serlo de forma libre y voluntaria. Te mostramos por qué esto es así en lo que sigue.

A continuación tienes un índice con todos los puntos que vamos a tratar en este artículo.

Resumen de los hechos

En el caso que nos lleva a esta reflexión, encontramos a una pareja homosexual que decidió iniciar el proceso de gestación por sustitución en Tailandia. El padre biológico (padre A) obtuvo la paternidad legal de los dos niños en su momento y, desde 2015, los dos menores se encuentran empadronados en España. En febrero de 2017, la pareja del padre biológico (padre B) inició los trámites para solicitar la adopción de los hijos de su pareja.

Sin embargo, en diciembre de 2018, hemos sido testigos del desenlace final de este caso, en el que el padre con intención de adoptar no ha podido cumplir su objetivo porque se han alegado varias razones, entre ellas que no consta por ningún sitio que la gestante subrogada accediese "libremente" a gestar a los niños.

Esto nos lleva a hacer una reflexión en torno a la utilidad de las sentencias judiciales en casos de bebés nacidos por gestación subrogada para, precisamente, eliminar toda ambigüedad en torno a este asunto.

La razón de esta utilidad responde a una cuestión de garantías legales. En los países donde se otorga, esta sentencia judicial permite a cualquier modelo de familia convertirse en los padres legales del menor o menores a su vuelta a España ya que, entre otros aspectos, sirve para asegurar la legalidad y respeto a los derechos y condiciones del contrato durante el proceso. Si este se realiza en un país donde no se expide esta sentencia, corremos el riesgo de que suceda lo que le ha ocurrido a esta pareja.

La gestación subrogada puede realizarse en otros países si se respeta la ley en el país de origen y destino. Desde Babygest recomendamos Estados Unidos y Canadá para parejas homosexuales. Para parejas heterosexuales, se recomienda Estados Unidos, Canadá y Grecia. En todos ellos, se obtiene una sentencia judicial que determina la filiación con garantías.

Sentencias judiciales y libertad de actuación

El hecho de que existan países donde se emite una sentencia judicial nos demuestra que ser gestante subrogada sí que puede ser una decisión tomada de forma libre y voluntaria, de manera que se elimina el riesgo de que se sospeche lo contrario, tal y como le ha sucedido a la Audiencia de Barcelona en el caso que nos concierne. Gracias a este tipo de resoluciones, queda demostrado ante el Tribunal que la mujer ha accedido a gestar al hijo o hijos de otras personas porque así lo ha decidido libremente y bajo su propio criterio.

Precisamente, la existencia en estos países de una resolución judicial se da para prevenir que esto no suceda:

En resumen, la existencia de países donde se emite esta sentencia judicial nos garantiza la libertad para obrar de cada una de las partes implicadas, eliminando toda posible sospecha o duda con respecto a las libertades y derechos de cada una de las partes.

No obstante, de vuelta al marco legal en nuestro país, cabe señalar que las resoluciones judiciales emitidas en terceros países se aceptan a día de hoy por la existencia de la Instrucción de 2010 de la Dirección General de Registros y Notariado (DGRN).

¿Qué entendemos por 'filiación por adopción'?

Cabe recordar que, en la actualidad, la filiación por adopción es una práctica común cuando una familia decide llevar a cabo este tratamiento de reproducción asistida en un tercer país donde no se emite una sentencia judicial.

La solución que se ha estado aplicando a estos casos es la que se basa en el punto 3 de la Ley 14/20061, siguiendo el siguiente procedimiento:

  1. Se registra al padre de intención junto a la gestante subrogada como padres legales del recién nacido
  2. La gestante subrogada renuncia a la maternidad, de manera que todos los derechos de filiación recaen sobre el padre de intención
  3. La madre de intención adopta el hijo legal de su marido para ser reconocida también como madre legal
  4. Tras haber obtenido la adopción, se debe acudir al Registro y modificar lo referente a la filiación del menor

1De acuerdo con el tercer punto del artículo 10 de la Ley 14/2006:

Se podrá reclamar la paternidad respecto del padre biológico en base a las reglas generales.

Es el caso de países como Ucrania, Rusia y Georgia. Puesto que no existe una sentencia judicial que determine la filiación del bebé, en España se seguirá entendiendo que madre es quien da a luz en base al principio de derecho mater semper certa est. Esto significa que se va a reconocer a la gestante subrogada como la madre legal en todos los casos. La única opción para la madre de intención es solicitar el reconocimiento como madre adoptiva.

Lectura recomendada

El tema central de esta noticia gira en torno a las ventajas de las sentencias judiciales en casos de gestación subrogada para eliminar toda ambigüedad con respecto a la legalidad del procedimiento. Infórmate al detalle sobre su funcionamiento aquí: Sentencia judicial para la filiación en casos de maternidad subrogada.

A lo largo de esta reflexión, hemos hecho referencia a la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida. Si quieres conocer todos los detalles acerca de la misma, te recomendamos leer este artículo: Ley de reproducción asistida en España.

Por último, si te estás planteando formar una familia mediante esta técnica y no sabes por dónde empezar, recomendamos que accedas a la siguiente guía: ¿Cómo elegir el destino donde hacer la gestación subrogada?

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