El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a Francia por segunda vez en el caso Foulon y Bouvet por haber denegado la inscripción en el registro civil a niños concebidos por gestación subrogada en India.
En junio de 2014, en el marco de los casos Menneson y Labassée, el TEDH ya se había pronunciado a favor del reconocimiento de la filiación con sus padres biológicos de los hijos nacidos de gestantes en países en los que la gestación subrogada está permitida.
En efecto, el TEDH había considerado que la sentencia dictada por el Tribunal de Casación francés, que se negaba a reconocer la filiación biológica de estos hijos con sus padres, iba en contra del derecho fundamental al respecto de la vida privada consagrado en el articulo 8 del Convenio europeo de derechos humanos.
Un giro en la jurisprudencia francesa
A raíz de esta condena, el Tribunal de Casación había realizado un cambio de jurisprudencia en junio de 2015 aprobando la inscripción en el registro civil de dos niños concebidos por gestación subrogada en Rusia. No obstante, este cambio no tuvo como efecto la resolución de la situación de los padres cuyos asuntos habían sido juzgados con anterioridad al cambio del criterio jurisprudencial.
El Tribunal de Casación había sin embargo admitido en dos sentencias diferentes fechadas en el 3 de julio de 2015 " que habiendo constatado que la partida de nacimiento no era irregular ni había sido falsificada y que los hechos en ella declarados correspondían con la realidad, el Tribunal de Apelación había deducido conforme a derecho que el contrato de gestación subrogada (...) no suponía un obstáculo para la inscripción de la partida de nacimiento. "
A pesar del criterio establecido por el Tribunal de Casación, las fiscalías competentes han seguido impidiendo la inscripción de estas partidas de nacimiento.
El caso Bouvet y Foulon contra Francia
En la sentencia dictada el 21 de julio de 2016, el TEDH invoca los mismos motivos para condenar de nuevo a Francia. En este caso, se trata de los casos de las familias Foulon y Bouvet, en los que estos padres recurrieron a la gestación subrogada en India para traer al mundo a una niña en el primer caso y a dos gemelos en el segundo.
Los demandantes denunciaron una violación de su derecho al respeto de su vida privada y familiar, y destacaban la situación de incertidumbre jurídica en la que se encontraban los hijos nacidos por gestación subrogada.
Denunciaban en particular las dificultades experimentadas para poder obtener una tarjeta de identidad, un pasaporte francés o un certificado de nacionalidad, lo cual provoca obstáculos administrativos de manera sistemática "sea para las matriculas en el colegio, la percepción de prestaciones sociales, la afiliación a la seguridad social o para la obtención de un permiso de paternidad."
De modo que consideraban que su derecho fundamental a la vida privada, así como el interés superior del niño habían sido vulnerados por esta negativa a inscribir a los hijos en el Registro Civil.
El presidente del colectivo francés de familias homoparentales, Alexandre Urwicz subraya sobre este asunto que "solo algunas configuraciones funcionan". Explica que el problema surge sobre todo cuando un padre de intención figura en la partida de nacimiento sin ser el padre biológico, como en el caso de la madre de intención, o del padre de intención cuando se trata de una pareja homosexual. Por el contrario, cuando es el padre biológico el que aparece en la partida de nacimiento junto con la gestante, o cuando es una pareja de hombres, el problema no parece plantearse.
Consecuencias de la sentencia del TEDH
El TEDH considera que las circunstancias de los casos Bouvet y Foulon eran las mismas que las de los casos Mennesson y Labassée, y reconoce por lo tanto la vulneración del derecho fundamental a la vida privada contenido en el artículo 8 del Convenio europeo de derechos humanos, condenando a Francia a abonar a los hijos la cantidad de 5.000 euros en concepto de daños morales y la cantidad de 15.000 euros a cada uno de los padres.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la decisión del TEDH no obliga a la jurisdicción francesa a inscribir en el Registro Civil a los hijos nacidos por gestación subrogada y tampoco pone en cuestión la prohibición de la gestación subrogada por la legislación francesa, sino que pone de relieve la necesidad urgente de adoptar un procedimiento que aporte soluciones a estos conflictos.
El gobierno, que representa a la parte contraria en este caso, declara estar reflexionando sobre la posibilidad de un procedimiento de revisión en materia civil con el objetivo de aportar soluciones a este tipo de situaciones. Por ello, el legislador francés no puede seguir eludiendo la cuestión por temor a dar la razón a los defensores de la gestación subrogada, y deberá adoptar medidas concretas para acabar con este vacío legal.
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Las mujeres y los hombres tienen derecho a disponer de su cuerpo libremente. Si una mujer decide por altruismo gestar un bébé para otra mujer que, por motivos médicos no puede hacerlo, es su derecho. Un derecho que tendría que estar inscrito en la constitución.