Durante el tratamiento de gestación subrogada pueden tener lugar diversos problemas y complicaciones que si se dejan especificados en el contrato de subrogación puede ser más sencillo hacerles frente.
Situaciones como la muerte de alguno de los padres de intención o de ambos pueden parecer imposibles cuando se inicia un tratamiento de reproducción de este tipo, pero es importante que se realice el proceso con seguridad legal por si se diera el caso.
A continuación tienes un índice con los 2 puntos que vamos a tratar en este artículo.
Seguridad legal en gestación subrogada
Es de vital importancia realizar el procedimiento de gestación sustituta no solo con garantías sanitarias sino también legales. Muchas veces se olvida que si no se cuenta con el apoyo legal adecuado las cosas pueden torcerse.
Es necesario redactar un contrato de gestación subrogada conforme a la legalidad del país de destino y que sea vinculante. Ahorrarse este paso no pone solamente en compromiso los intereses de los padres intencionales sino que también está en juego la situación del menor nacido por este método.
Es importante que entre la gestante y los padres de intención se firme un contrato de gestación subrogada en el que se dejen por escrito tanto las obligaciones y derechos de ambas partes como todos los aspectos económicos del proceso.
Además, se deben establecer todas las posibles situaciones a tener en cuenta y la actuación en cada caso con el fin de evitar cualquier complicación futura.
Es importante que los padres de intención dejen también redactado un testamento por si les ocurriera algo. En él se debe especificar quién debería hacerse cargo del niño en caso de que ambos faltaran.
¿Qué ocurre con el niño si no tiene padres?
Es raro que durante el tratamiento de gestación subrogada fallezca alguno de los futuros padres. En caso de que fallezca solo uno, el otro deberá hacerse cargo del hijo que esperan, aunque nunca viene mal establecer esto también en el contrato por si surgiera algún intento de evasión de la responsabilidad legal con respecto al niño.
En caso de que ocurriera el fallecimiento de ambos padres de intención el bebé podría quedar en una situación de desamparo. En este caso sería un juez el que determinaría quién debe hacerse responsable del niño.
Si existe una sentencia que adjudique la filiación a los futuros padres antes de que el niño nazca o existe un contrato vinculante de subrogación, la persona que debería hacerse cargo del niño sería aquella que los padres de intención hayan establecido en el testamento como responsable legal del niño.
Si no hubiera un testamento pero estuviera establecida la filiación, se actuaría igual que con cualquier otro niño; la familia de los padres de intención sería la que debería hacerse cargo del hijo nacido por gestación subrogada.
En cambio, si no hay ningún contrato legal y vinculante ni tampoco se ha establecido la sentencia judicial de filiación, no tiene por qué adjudicarse la filiación del niño a los padres de intención, por lo que no tendría por qué cumplirse lo que esté establecido en su testamento.
En este caso el juez podría adjudicar la maternidad legal a la gestante y a su pareja en caso de que quisieran hacerse cargo del niño. Por el contrario, si no quisieran quedarse al bebé, éste podría quedar a disposición de los servicios sociales.
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Ya sería mala suerte… tanto tiempo y esfuerzo para tener un bebé y que la pobre criaturita se quede sin padres… Pero bueno, nunca se sabe lo que puede ocurrir así que más vale prevenir que curar, sin duda.