En el caso de mujeres solteras que acuden a Rusia para tener un hijo por subrogación de útero, no es posible proceder a la filiación ni por sentencia judicial (en este país no se realiza juicio de filiación) ni por adopción del hijo del cónyuge, porque no hay cónyuge que haya aportado la carga genética masculina.
En estos casos, la filiación será determinada en favor de la madre de intención, siempre y cuando el cónsul español en Rusia crea en la intencionalidad de maternidad y dé por válido el contrato de subrogación. Por esta razón, aunque Rusia permite el acceso a las madres solteras, no es un destino recomendado para este colectivo por los posibles problemas que pueden surgir a la hora de registrar al menor en España.
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