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¿Ponen problemas en el Registro Civil cuando es un caso de vientre de alquiler?

Por Andrea Rodrigo (embrióloga).
Última actualización: 20/03/2017

En principio, no tiene por qué haber impedimento para registrar al menor si se siguen las condiciones para proceder a alguna de las soluciones que ofrece la legislación española en los casos de gestación por sustitución.

No obstante, debemos tener en cuenta que la gestación subrogada es un procedimiento no permitido en España y que la Instrucción de la DGRN no es algo fijo, no es una ley, sino simplemente una instrucción, por lo que, aunque no es lo común, puede cambiar o revocarse.

La filiación en base a la dotación genética responde a las reglas generales, por lo que en principio no tiene por qué haber problemas.

Puedes leer el artículo completo en: Filiación y Registro Civil en casos de maternidad subrogada ( 50).
 Andrea Rodrigo
Andrea Rodrigo
Embrióloga
Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) con Máster Universitario en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida, impartido por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Postgrado de Experto en Genética Médica.
Embrióloga. Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) con Máster Universitario en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida, impartido por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Postgrado de Experto en Genética Médica.