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¿Por qué no se puede hacer la maternidad subrogada en España?

Por Andrea Rodrigo (embrióloga).
Última actualización: 20/10/2016

La Ley 14/2006 sobre Técnica de Reproducción Humana Asistida indica en su artículo 10 que el contrato de gestación subrogada entre la pareja con intención de tener un hijo y la mujer que se ofrece a gestar es nulo de pleno derecho. Esto implica, y así queda reflejado en la legislación, que la mujer que da a luz es reconocida legalmente como la madre del bebé.

Puedes leer el artículo completo en: ¿Cómo es la gestación subrogada para parejas heterosexuales? ( 48).
 Andrea Rodrigo
Andrea Rodrigo
Embrióloga
Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) con Máster Universitario en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida, impartido por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Postgrado de Experto en Genética Médica.
Embrióloga. Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) con Máster Universitario en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida, impartido por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Postgrado de Experto en Genética Médica.