La legislación española en relación a la maternidad se basa en la premisa "mater semper certa est", que viene a decir que la mujer que pare es la que será reconocida como madre legal del bebé nacido. Por tanto, a excepción de los casos que digan lo contrario por sentencia judicial, la gestante subrogada es considerada como la madre legal.
En países en los que no hay sentencia válida que determine la filiación, la gestante figurará como madre y, únicamente tras su renuncia, la madre de intención podrá adoptar al bebé y pasar a ser la madre legal.
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Por Equipo de Babygest
Última actualización: 31/03/2017