Hola, me gustaría saber qué dice exactamente la ley de reproducción asistida sobre la gestación subrogada. Gracias por su ayuda
29/02/2016 a las 17:12Hola Mirentxu,
La ley de reproducción asistida habla sobre la gestación subrogada en el artículo 10. A continuación cito textualmente lo que pone en este artículo:
«Artículo 10. Gestación por sustitución.
1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.»Esto significa que no hay una pena por realizar la gestación subrogada pero significa que no está permitida, ya que la maternidad en ningún caso se le va a otorgar a la madre de intención y en caso de existir un contrato de gestación subrogada éste no es válido.
Espero haberte ayudado,
Un saludo
29/02/2016 a las 17:23
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