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Registro de recién nacido
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Registro de recién nacido

  1. pateras
    pateras

    En diversos artículos de la web se trata el tema del registro del recién nacido, pero desde mi ignorancia sobre estos asuntos tengo dudas de haberlos entendido correctamente. Por ejemplo:

    Ucrania
    «Tras el nacimiento del bebé, se entregará a los padres intencionados dos documentos: por una parte, el certificado de nacimiento a nombre del padre y de la gestante, y por otra parte la renuncia del bebé por parte de la gestante. Con ambos documentos, los padres de intención podrán registrar a su bebé como hijo de ambos, sin que aparezca el nombre de la gestante en el libro de familia.»

    Filiación por adopción

    «Si bien la gestante figura en la partida de nacimiento, en el momento de regístralo simplemente deben hacerlo con un documento donde conste que la gestante renuncia voluntariamente a cualquier derecho filiar.»

    En ambos casos se refiere al registro en Ucrania, añadiendo después que en España en cambio sí se registra a la gestante (que aparece en la partida de nacimiento). El primer registro se realiza siempre, o se daría únicamente si la familia fuese a residir en Ucrania? De regresar como se supone a España, ese registro local no tendría ningún valor, ¿no es así?

    Al llegar a España, los apellidos que tendrá inicialmente el bebé serán los del padre y la gestante, y hasta que no culmine la adopción no llevará el de la madre de intención, ¿no?

    15/05/2016 a las 18:58
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  2. Hola pateras,

    Por lo que respecta al registro en Ucrania, la gran mayoría de casos que conocemos han registrado al bebé en Ucrania, ni porque fueran a vivir allí, sino porque así se establece en el proceso de gestación subrogada en Ucrania. Es la forma de demostrar en Ucrania que el bebé que ha nacido allí es hijo de los padres de intención y no de la mujer que ha dado a luz, y que se ha producido un proceso de gestación subrogada y no un caso de robo de bebés o similares.

    En cuanto al registro en España, existe un periodo en el que el bebé tiene doble identidad debido al conflicto por el proceso, pues la gestación subrogada está permitida en Ucrania pero no en España. Por tanto, hasta que se produzca la adopción del bebé en España, éste tiene doble identidad, pues es hijo de los padres en Ucrania e hijo del padre y la gestante en España, hasta que la madre lo adopta tras la renuncia de la gestante. Es la forma que tiene España de «solucionar» los casos de gestación subrogada a pesar de incurrir en una «contradicción», pues nadie puede tener doble identidad.

    En relación a los apellidos, he de confesar que no tengo constancia fiable de cómo se actúa en este proceso. No obstante, en Ucrania únicamente se tiene un apellido y por tanto éste sería el del padre. Al llegar a España, imagino que el niño cambiará el segundo apellido (también del padre) por el de la madre tras su adopción.

    En cuanto pueda averiguar información más clara y detallada sobre el asunto de los apellidos te lo haré llegar.

    Espero haber podido ayudarte. Te haré llegar información más detallada.

    Un saludo.

    24/05/2016 a las 17:56
    Responder
    • Muchas gracias.

      Al final, lo de los apellidos no deja de ser algo anecdótico por tratarse de un tema temporal, pero puede ayudar a los que no tenemos conocimientos jurídicos a hacerse una idea de la consideración legal que tiene el niño al llegar a España.

      29/05/2016 a las 20:45
      Responder
  3. Buenos días. Leyendo los comentarios de este foro me he quedado con la duda del tema de los apellidos del bebé. Mi mujer y yo estamos realizando el proceso en Ucrania y estaría interesado en saber algo más sobre el tema de los apellidos tras regresar a España, ¿serían los 2 apellidos del padre o se pondría, automáticamente, el apellido de la gestante?.

    Gracias!!

    16/12/2016 a las 10:37
    Responder
  4. Hola Ismael,

    la filiación en los casos de gestación subrogada en Ucrania se realiza por adopción. Cuando se hace una adopción, los padres adoptantes dan los apellidos a su hijo. Por tanto, en el caso que nos ocupa, el niño en primer lugar llevará los apellidos del padre y la gestante pero posteriormente, tras la adopción, adquirirá los de su madre legal, es decir, la madre de adopción, que es la madre de intención.

    Puedes informarte con más detalle en el Registro Civil español.

    Un saludo.

    16/12/2016 a las 11:03
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    • Pero, mientras mi mujer realizara el pertinente proceso de adopción, ¿el bebé llevaría mis dos apellidos?.

      Gracias

      16/12/2016 a las 11:48
      Responder
  5. Buenos días.

    A la hora de inscribir al niño en el registro civil de nuestra ciudad, ¿pueden negarse o poner algún tipo de trabas?.

    Por otro lado, me gustaría hacer otra consulta: Estando en Ucrania, ¿cómo se solicita el permiso de paternidad de 4 semanas?. Lo pregunto por la imposibilidad de poder ir a la SSSS a presentar documentos.

    Gracias
    Ismael

    21/02/2017 a las 10:06
    Responder
  6. Hola Miren103,

    el tiempo necesario para que la gestante pueda renunciar dependerá del destino donde se vaya a realizar la gestación subrogada y de las condiciones de cada situación. En Ucrania la gestante puede renunciar en el mismo momento, es decir, justo tras el parto del bebé, cuando se van a firmar los documentos necesarios.

    Un saludo.

    26/05/2016 a las 9:30
    Responder
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