Hola,
Mi marido es británico y residimos en España. Quisiéramos saber si sería posible la filiación del bebé mediante el consulado español en Ucrania o si tendríamos que gestionarlo mediante la embajada británica.22/08/2017 a las 20:29Hola, Alene:
Si él es británico tenéis que hacerlo a través de la Embajada británica. De acuerdo con la ley británica al respecto, si la gestante está soltera, el menor obtiene directamente un pasaporte británico. Si está casada, tendréis que solicitar el registro del menor como ciudadano británico. Esta segunda opción llevará más tiempo, pero el resultado será el mismo siempre y cuando tu marido aporte la carga genética (los espermatozoides).
Una vez le haya sido concedida a él la paternidad, tú podrás proceder a la adopción del hijo de tu marido en España.
Espero haber sido de ayuda.
Un saludo.
24/08/2017 a las 9:40
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