La gestación subrogada en España está regulada en la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida. En el artículo 10 de esta ley se indica que el acuerdo de subrogación es nulo y que la gestante y por tanto mujer que da a luz, será considera la madre legal del bebé. Esto indica que una mujer no puedo ofrecer como gestante para un proceso de gestación por sustitución.
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