Hola, me gustaría saber si los padres de niños nacidos por maternidad subrogada tienen derecho a la ayuda o deducción de 100 euros que se les concede a las madres trabajadoras. Me temo que no, pero no sé si he oído alguna sentencia favorable en una pareja gay, a lo mejor me lo estoy inventando.
Si no tienen esta ayuda, me parecería una discriminación ofensiva, pero las leyes son así.
Saludos10/07/2017 a las 20:11Hola de nuevo, luisgo:
He respondido a esta misma duda en el hilo Estoy en proceso de ser Madre por GS en Ucrania y os resuelvo dudas.
Cito mi respuesta a continuación:
Hola, luisgo:
Desconocemos si esto sería posible a día de hoy. Lo único a lo que podemos remitirnos es a lo que dice la Agencia Tributaria:
«La ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) regula la deducción por maternidad por hijos menores de 3 años de hasta 1.200 € anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma».
«El abono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años […]».
«En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare».
«En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente […]» (más información sobre esto aquí: ¿En algún caso es aplicable la deducción por maternidad al padre o tutor?).
Por el momento no conocemos ningún caso en el que se haya concedido la deducción. Os informaremos si tenemos más información.
Un saludo.11/07/2017 a las 8:50Gracias,
Pues el caso es que yo he leído la noticia que has publicado como que sí nos correspondería.11/07/2017 a las 9:48Bueno es lo que he entendido por este texto:
«En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente […]»
Porque la madre gestante tiene que ceder la guarda y custodia al padre de intención, no es así?
11/07/2017 a las 9:53Hola, luisgo:
Sí, entiendo lo mismo, pero como decía no conozco casos donde se haya concedido, por lo que no puedo asegurarlo al 100% únicamente leyendo la «teoría» por llamarlo de alguna manera. Por ahora, lo único que podemos asegurar es que sí se está concediendo la baja de maternidad/paternidad a padres por gestación subrogada como explicamos en este artículo: Baja de maternidad para padres por gestación subrogada.
Si nos consta algún caso, lo compartiré por aquí 🙂
Un cordial saludo.
12/07/2017 a las 8:22