Actualmente, el Estado español, permite la filiación directa de los menores nacidos por gestación subrogada cuando así ha sido establecido por un juez gracias a la Instrucción que la Dirección General de Registros y del Notariado dictó en 2010.
No obstante, debemos tener en cuenta que se trata de una instrucción y no una ley establecida por lo que puede ser cancelada o perder validez. Las consecuencias y efectos jurídicos en ese caso podrían poner en riesgo la filiación del menor nacido en el extranjero por gestación subrogada.
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