La legislación española no permite actualmente llevar a cabo en España el proceso de gestación por sustitución, erróneamente conocido como vientre de alquiler. Sin embargo, el Tribunal Supremo reconoció el pasado 20 de octubre de 2016 el derecho a la baja por maternidad (o paternidad) a los padres que tienen hijos a través de este proceso en un país extranjero.
Con esta aprobación, votada por mayoría en el Pleno de la Sala Cuarta, los padres subrogados podrán solicitar la prestación por maternidad, adopción o acogimiento reconocida por la Seguridad Social.
A continuación tienes un índice con los 2 puntos que vamos a tratar en este artículo.
Ley de maternidad subrogada
La legislación española sobre reproducción asistida establece en su artículo 10 que el contrato de gestación por sustitución es nulo de pleno derecho. Además, reconoce que la gestante, mal llamada madre de alquiler o madre subrogada, será reconocida como la madre legal del nacido.
Por esta razón, las familias que quieren o necesitan la subrogación para tener hijos se ven obligadas a recurrir a esta técnica en otros países donde la ley se muestra favorable. Algunos de estos destinos son Canadá, Estados Unidos, Rusia, Ucrania, Georgia o Grecia.
La gestación subrogada es el tratamiento de reproducción asistida más complejo. Por ello, es importante que te pongas en manos de buenos profesionales. Por ello, te recomendamos visitar el este artículo para leer algunos consejos antes de adentrarte en este proceso.
El problema entonces surge cuando, tras el nacimiento del menor en el país de destino, la familia regresa a España y solicita el registro del menor. Éste problema se da especialmente en las familias homoparentales masculinas o los hombres solteros que recurren a la subrogación.
La legislación española permite inscribir al niño en el Registro Civil bajo las siguientes condiciones:
- Al menos uno de los padres ha de ser español
- La maternidad subrogada debe ser legal en el país donde se ha llevado a cabo. Países como por ejemplo India o Tailandia han prohibido recientemente la gestación subrogada.
- Aportar una Sentencia emitida por el país donde se ha realizado el proceso en la que se confirme la filiación del menor. En esta Sentencia se debe indicar que los padres de intención son los padres legales y que la gestante ha intervenido en el proceso de forma libre y con consentimiento.
- Esta Sentencia extranjera debe ser reconocida mediante el procedimiento de exequátur.
Para los casos en los que no se procede de esta manera, es decir, en los destinos que no ofrecen Sentencia como por ejemplo Rusia o Ucrania, el modo de proceder es conceder la filiación al padre de intención y posteriormente proceder a la adopción por parte de la futura madre.
Tras conseguir el registro del menor, surge otra duda: ¿pueden los padres de intención pedir la baja de maternidad para cuidar de su hijo durante sus primeros meses de vida?
Interés superior del menor
Tras muchos años de lucha de las familias creadas gracias a la gestación subrogada, finalmente el Tribunal Supremo ha determinado el derecho de estas familias a la baja de maternidad, priorizando el interés superior del menor.
El Tribunal Supremo, en base a la jurisprudencia del TEDH (Tribunal Europeo de los Derecho Humanos), insiste en que las mujeres, hombres y parejas que han tenido hijos gracias a un embarazo subrogado, tiene derecho a recibir esta prestación, con independencia de si son o no los padres biológicos, es decir, sin tener en cuenta si los óvulos y espermatozoides pertenecen a ellos o a donantes.
Hasta la fecha, las familias tenían que pelear en los tribunales por tener los mismos derechos y ser tratadas de igual forma que el resto de familias españolas. En esta lucha, muchos ganaron, es decir, se les reconoció la prestación por maternidad. Sin embargo, a otros muchos se les negó este derecho.
Con la Sentencia del Tribunal Supremo, la lucha ha terminado, pues la prestación podrá ser reconocida con independencia del modo en que han nacido los menores.
No se trata de la creación de una nueva prestación específica para los casos de subrogación, sino simplemente de una nueva interpretación del ordenamiento jurídico español.
La sociedad avanza y las leyes, aunque parece que les cuesta un poco más de tiempo, finalmente se unen a los pasos de la sociedad.
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Pues esa sentencia en que salió el 20 de octubre está muy bien. Pero me gustaría remarcar algo que me han dicho ayer en el INSS. Y es que esa sentencia no es una sentencia en firme por lo tanto todavía el INSS puede intentar revocar la. Por lo que aún a día de hoy no se están concediendo los permisos de maternidad a los padres que lo solicitan.
Y contestando a María que comenta que los vientres de alquiler o gestación subrogada explotan a la mujer, deberías de informarte mejor antes de opinar. Hay países y países yo solo conozco muy de cerca el país en el que he realizado la gestación subrogada que me hizo padre. Es en California Estados Unidos, y que yo sepa no se ha explotado a nadie es más mantengo una muy buena relación con la gestante de mi bebé, nadie la obligó a hacer esto pero muchos le agradecemos el gesto que tuvo para con nosotros hacer posible nuestra paternidad.
Por esa regla de tres la donación de óvulos altruista en España o de esperma es una explotación también del ser humano. Incluso las donaciones en vida ya sea familiares o desconocidos como médula ósea sangre riñones hígado…
Disponéis de la sentencia?
Aunque respeto que todos el mundo que quiera tener hijos lo intento, el fin no justifica los medios en todo en esta vida. El vientre de alquiler explota a la mujer y no deberían darse facilidades para que se siga haciendo, aquí o en otros países del mundo.
contestando a María que comenta que los vientres de alquiler o gestación subrogada explotan a la mujer, deberías de informarte mejor antes de opinar. Hay países y países yo solo conozco muy de cerca el país en el que he realizado la gestación subrogada que me hizo padre. Es en California Estados Unidos, y que yo sepa no se ha explotado a nadie es más mantengo una muy buena relación con la gestante de mi bebé, nadie la obligó a hacer esto pero muchos le agradecemos el gesto que tuvo para con nosotros hacer posible nuestra paternidad.
Por esa regla de tres la donación de óvulos altruista en España o de esperma es una explotación también del ser humano. Incluso las donaciones en vida ya sea familiares o desconocidos como médula ósea sangre riñones hígado…
Ya era hora de que la justicia se diera cuenta de que esto lo pedimos por el bien del menor. Solo queda un pasito más para que finalmente todas las personas tengamos derecho a tener hijos en España independientemente de la forma que necesitamos para ello. La subrogación respeta los derechos de todos, pero aun así no la permiten, ¿la razón?
Buenas noches.
Tengo una consulta. En España, cuando el bebé nace, automáticamente te corresponden unos días, como padre, de permiso, en mi caso 15 días. Mi duda es ¿A partir de qué momento, a través de maternidad subrogada, te corresponden estos días?. Mi pregunta, bajo ningún concepto, es por temas de disfrutar días libres, sino que es por saber cuántos días he de guardar para estirar al máximo la estancia allí para la consecución de los papeles que nos permitan volver con el bebé y a partir de cuándo empieza a contar como días por paternidad.
Gracias.
Ismael
Menos mal que aún hay gente con decencia que se dedica a la Justicia y permite que instituciones nacionales como la Seguridad Social sean algo más justas.